
La titular de la plaza nº 1 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Ferrol ha condena a Abanca a abonar 19.990 euros a un cliente que fue víctima de una ciberestafa, así como a asumir los intereses desde la reclamación, mas las costas procesales.
La sentencia, dictada el pasado 11 de junio de 2026, falla a favor de la persona afectada por un caso de ciberestafa que estuvo representada por el despacho Pérez-Lema, abogados y consultores. Los hechos acontecieron el 15 de enero de 2025 cuando la víctima del calote (engaño o estafa) recibió un SMS de Abanca que entró en su terminal móvil en la caja de mensajes de su entidad. En esa notificación se le indicaba que se había detectado “un inicio de sesión desde un nuevo dispositivo”.
A la víctima le apareció la pantalla de inicio de Abanca y unos minutos después recibió una llamada desde un número de teléfono fijo en la que el interlocutor le manifestó que debía transferir todo el dinero que tenía en la cuenta afectada por el presunto ataque, hacia una cuenta segura, ya que podría estar siendo víctima de una estafa. A continuación, la representada por el despacho Pérez-Lema, abogados y consultores, recibió otro mensaje en su móvil donde se le facilitaba el número de la supuesta cuenta segura para que había hecho la transferencia.
La víctima llegó a hacer dos transferencias siguiendo las instrucciones que se le facilitaron desde canales oficiales de su entidad bancaria. Al día siguiente de los hechos, al ser consciente de que se trataba de una operación fraudulenta, la víctima denunció ante la policía y contactó con Abanca solicitando el reintegro de las operaciones no autorizadas.
Abanca habla de conducta negligente, pero la sentencia descarta esa consideración
Por su parte la entidad bancaria sostuvo que hubo negligencia por parte de la clienta al seguir las instrucciones de un tercero desconocido y que, en todo caso, la responsabilidad sería de la compañía telefónica que permite que terceros incorporen mensajes en los hilos de la conversación de sus clientes.
En los fundamentos de derecho de la sentencia del tribunal ferrolano se indica que el defraudador se hizo pasar por la entidad bancaria mediante técnicas de smishing y vishing. También que la demandante procedió a denunciar los hechos de manera inmediata mientras tuvo conocimiento de los mismos.
Igualmente se explica que no se puede considerar negligente la actuación de la demandante puesto que recibió los mensajes en un hilo oficial de la entidad bancaria. Por otro lado, los terceros simularon el número de contacto de la entidad y la dinámica del fraude no puede ser “calificada como burda, de modo que la demandante había podido haber salido del error con una conducta diligente”. Consideran que se llevaron a cabo transferencias no consentidas, sin que la demandante hubiese tenido manera de saber que no estaba interactuando con Abanca.
También se explica que los movimientos de la cuenta, en los seis meses previos, no hacen pensar que dos transferencia de 10.000 euros en menos de 24 horas sean un movimiento que pueda considerarse “normal” en el tráfico medio de la cuenta afectada por el calote.
El fallo condena la entidad bancaria al pagado de 19.990 euros, así como a asumir los intereses desde la reclamación, y también a pagar las costas procesales.
Galicia Ártabra Digital Noticias de Ferrol y la comarca de Ferrolterra.