El TSXG confirma la pena de 10 años y 4 meses de cárcel a un hombre por disparar a otro en un piso, en Ferrol

Prisión de Teixeiro

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG confirma la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que condena a diez años y cuatro meses de prisión a un hombre por cometer un delito de intento de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas, al disparar a otro con una pistola en el interior de una vivienda en Ferrol.

Los magistrados explican en la sentencia que los hechos tuvieron lugar una madrugada de junio de 2023, cuando, tras una discusión entre ambos, el investigado salió de la habitación en la que se encontraban y entró de nuevo con una pistola semiautomática. Con ella “apuntó a la cara” de la víctima, “efectuando un disparo a muy corta distancia, teniendo la intención de acabar con su vida” y, como consecuencia, le causó heridas en el brazo, en el labio superior y en el cuello. 

La Sala concluye que «los argumentos ofrecidos en la sentencia, incluida la referencia a la inverosímil versión del acusado, no dejan duda alguna acerca de los hechos acontecidos y de su autoría”. La sentencia no es firme, ya que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo. 

EN GALICIA ÁRTABRA

El 24 de abril de este año Galicia Ártabra publicaba la sentencia de la Audiencia provincial y ya se señalaba que el condenado podía recurrir al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

«La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a diez años y cuatro meses de cárcel a un hombre que disparó a otro en el interior de una vivienda, en Ferrol, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La Sala lo ha considerado autor de un delito de intento de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas. Además, le ha impuesto el pago de una indemnización a la víctima de 23.310 euros por las lesiones, la intervención quirúrgica, las secuelas y el perjuicio estético causado.

La fiscalía solicitaba 13 años y ocho meses por el  delito de tentativa de asesinato y por otro de tenencia de armas.

Los hechos, según consta en la sentencia, sucedieron durante la madrugada del 28 al 29 de junio de 2023, en un domicilio de Ferrol. En la resolución se recoge que, tras desencadenarse una discusión entre ambos, el procesado se ausentó de la habitación en la que se encontraban, volviendo al momento con una pistola semiautomática con la que apuntó a la cara de la víctima y efectuó un disparo a muy corta distancia.

Los magistrados consideran probado que tenía «la intención de acabar con su vida». El disparo finalmente alcanzó el hombro de la víctima, causándole heridas en el húmero, el labio superior y el cuello. La Sala subraya que el afectado no esperaba que el acusado regresase con una pistola, por lo que pasó «a encontrarse en una situación de absoluta indefensión, eliminando las posibilidades de defensa de la víctima frente al ataque que, con esa arma, sufrió a continuación».

A ello, añade que «lo sorpresivo, inesperado, o repentino adquieren significación a los efectos de apreciar la agravante de alevosía, con relación a la forma ejecutiva del ataque». Los jueces destacan que «el empleo de un arma de fuego en un ataque, sacada de forma inesperada, viene a dejar a la víctima sin defensa». 

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