
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha elevado de 2 a 6 años la pena de prisión para un hombre que agredió a otro, al que dejó ciego de un ojo, durante una pelea en Narón.
En concreto, la Audiencia de A Coruña había condenado al hombre a dos años de cárcel al considerarlo autor responsable de un delito de lesiones en concurso ideal con un delito de lesiones imprudentes. Sin embargo, el alto tribunal gallego ve un delito doloso de lesiones.
Los hechos se remontan al 11 de junio de 2022, cuando el procesado, al observar una discusión familiar en el exterior de un pub de Narón, le recriminó al perjudicado su actitud. En ese momento comenzó una pelea durante la cual el condenado «propinó un fuerte puñetazo al ojo» de la víctima.
Como consecuencia de estos hechos, Hernán sufrió lesiones que derivaron en la pérdida de visión del ojo izquierdo. En este sentido, el TSXG considera que el golpe no puede atribuirse a una pelea común, si no que la intención del agresor fue, concretamente, la de golpear a la víctima en el ojo y que existe, por lo tanto, dolo.
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