El abogado ferrolano Juan Franco logra una novedosa sentencia que protege a los clientes frente a entidades de crédito no bancarias

El Tribunal de Instancia de Ferrol ha dictado una sentencia que abre un nuevo camino en la defensa de los consumidores de la comarca. El Juzgado ha condenado a una cooperativa de la zona de Ferrolterra a devolver los gastos de formalización de una hipoteca a un matrimonio. Lo verdaderamente excepcional de esta resolución es que la victoria no se ha logrado frente a un banco tradicional, como suele ser lo habitual, sino contra una cooperativa local, y a favor de dos ciudadanos que tenían la condición de socios de dicha cooperativa. 

Juan José Franco Casal- Archivo

La defensa legal de los afectados ha estado a cargo del letrado Juan José Franco Casal. Con este éxito judicial, su despacho, Juan Franco Abogados, se consolida como pionero y gran referente en la zona de Ferrolterra en materia de demandas por gastos hipotecarios abusivos, demostrando que los abusos financieros también pueden reclamarse con éxito a otro tipo de entidades. 

Ser socio no elimina los derechos como consumidor 

Durante el proceso, el principal argumento de la cooperativa para evitar el pago fue sostener que ellos no son un banco y que, al ser los demandantes socios de la cooperativa, estos no podían ser considerados «consumidores«. La entidad defendía que las condiciones del préstamo habían sido aprobadas por los propios socios y que, por tanto, debían asumir los gastos de su hipoteca. 

Sin embargo, la magistrada ha rechazado de lleno este argumento. La sentencia deja muy claro que, al conceder el préstamo, la cooperativa estaba ejerciendo una actividad empresarial a través de su sección de crédito. Por su parte, el matrimonio actuó única y exclusivamente para financiar la compra de la que iba a ser su vivienda habitual, un propósito completamente ajeno a cualquier actividad profesional. Por ello, la ley los ampara plenamente como consumidores. 

Nulidad de la cláusula y condena en costas 

El fallo judicial declara nula la cláusula que obligaba a los clientes a pagar todos los gastos asociados a la firma de la hipoteca, considerándola abusiva y carente de transparencia. En el juicio quedó demostrado que estas condiciones venían impuestas por la cooperativa y que los afectados no tuvieron ninguna posibilidad de negociarlas

En consecuencia, la cooperativa ha sido condenada a restituir los gastos de notaría, Registro de la Propiedad y tasación de la vivienda, además de tener que abonar los intereses legales generados desde el momento del pago de cada factura. Asimismo, la justicia impone a la entidad el pago de las costas del juicio

Esta resolución lanza un mensaje claro a los ciudadanos de la comarca: «los derechos frente a las cláusulas abusivas están garantizados, sin importar si quien concedió el préstamo fue un gran banco nacional o una cooperativa de crédito local».

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