Un juzgado de lo Contencioso de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas a indemnizar a la familia de una mujer que falleció tras ser dada de alta en el Hospital Arquitecto Marcide sin que constara en su historia clínica el «alta voluntaria».
Así lo ha comunicado, la asociación El Defensor del Paciente, que ha realizado la denuncia en relación a la muerte de G.M.P., de 33 años, que murió poco después de recibir el alta «por encontrarse en un estado de salud muy grave por una coagulación intravascular diseminada».
La paciente pidió el alta voluntaria a pesar del riesgo del que se le había informado pero «el alta hospitalaria no fue firmada por la paciente a pesar de ser una exigencia legal».
En la historia clínica se indica que a la paciente se le informa de la gravedad de su estado pero ésta solicita el alta voluntaria, indicándose que la paciente expresa que «a los 33 años puede hacer lo que quiera», hecho que pone en duda el abogado de la familia.
«No figura en el expediente administrativo, y no se ha aportado, el documento de alta hospitalaria, ni consta que haya sido firmada tal alta hospitalaria por la paciente», denunció la asociación, a pesar de que «la paciente pide el alta hospitalaria».
Según el abogado de la familia Cipriano Castreje, «se trata de una obligación legal y un requisito sine qua non», por lo que considera que «no se ha actuado conforme a la ley ni conforme a los propios protocolos del Sergas y de la Consellería de Sanidade, en una clara infracción de la legislación vigente».
También recuerda que dentro de los derechos de los usuarios del sistema sanitario, «se establece el derecho a responsabilizarse de la propia salud de una forma activa y consciente, dejando constancia por escrito, en su caso, de la negativa a recibir el tratamiento prescrito, dar el consentimiento informado o firmar el documento de alta voluntaria».