Gabriel Elorriaga Fernández-(diario crítico)
Cuando, tras larga espera, se renovó el Tribunal Constitucional, de acuerdo con lo previsto en la Constitución, el comentario predominante no fue señalar que se recuperaba la normalidad y el prestigio de tan alto organismo sino que se había producido un cambio en su orientación al sustituirse una mayoría progresista por una mayoría conservadora. Esta interpretación podría tener sentido en otros ámbitos políticos pero no es relevante en un Tribunal que, por su propia naturaleza, tiene una misión intrínsecamente conservadora: velar por la vigencia de una Constitución y evitar que se desnaturalice o se incumpla. En otros planos de la vida pública pueden surgir toda clase de iniciativas, doctrinas o novedades, pero no son misión ni competencia de los tribunales de garantías, como el citado, ningún tipo de aventuras o futuribles, sino la conservación del espíritu de una norma previamente aprobada por el poder legislativo y refrendada por el pueblo. Las respetables ideas de progreso, cambio o reforma son términos propios de otras esferas de la vida social, pero los magistrados de un Tribunal Constitucional no se deben a esos impulsos sino a la conservación de la norma cuya interpretación se ha puesto en sus manos.
Conservador y progresista
Solo en este sentido se puede aplicar el adjetivo conservador a unos juristas que solo pueden actuar dentro de los márgenes de imprecisión o ambigüedad en que el texto constitucional permita matizaciones. En otros espacios políticos los adjetivos conservador o progresista tienen otras significaciones, a veces negativas. Se habla de conservadores como «conservaduros» aplicándoles a los defensores de intereses o privilegios ciertas actividades lucrativas. Se habla de «progres» como portavoces de un izquierdismo de salón propicio al cultivo del resentimiento y la demagogia. Circulan por la vida pública personajes con estos perfiles pero los magistrados del Tribunal no deben parecerse en nada a estos talantes partidistas.
Existen asuntos especialmente propios de la misión conservadora de la esencia constitucional que afectan al conjunto del Tribunal y que nada tienen que ver con intereses económicos ni con ideologías partidistas. Son los temas vitales que afectan a la existencia misma de la Nación como unidad y al derecho a la vida de quienes van a nacer en ella como proyecto. Son temas en los que el Tribunal tiene por resolver recursos pendientes que afectan a principios constitucionales clave en relación con la unidad nacional o la defensa del no nacido. Son temas que no privilegian a nadie, que no son patrimonio ni de partidos ni de intereses de clase sino del bien común.
La vida de una Nación que no quiere dejar de serlo o la vida de un ser que quiere nacer no son cuestión de bandos. Nación y nacimiento, he aquí dos principios constitucionales cuya relajación o traición desmoronan los «valores superiores» del conjunto. «La indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles» y el «Todos tienen derecho a la vida», con que comienzan los artículos 2 y 15 de la Constitución, son el fundamento y justificación de todo lo demás. De nada servirían los derechos y estructuras políticas que la Constitución enumera si no están bien definidos y defendidos sin vacilaciones estos principios que enmarcan cual es el terreno de aplicación de la norma y cuál es el respeto que merece la vida de todos los que viven, nacen o van a nacer sobre una unidad de convivencia política.
Nación y nacimiento como marco geográfico de comunidad, desarrollo y continuidad de una estirpe. Las sentencias del Tribunal Constitucional que toquen estos temas serán las que califiquen para la historia la eficacia del Tribunal y la integridad de sus miembros. No se les juzgará por si fueron más progresistas o conservadores, sino por si fueron leales a los «valores superiores» de esta Constitución cuya salvaguarda se ha puesto en sus manos en un momento histórico. Estos vocales deberán comportarse como personas libres de los compromisos de origen de sus nombramientos, de las etiquetas mediáticas, de las presiones partidistas, de los alborotos callejeros, de los oportunismos coyunturales y de las pasiones locales. Sus magistraturas no son puntos para sumar a un «curículum» partidista sino méritos en su hoja de servicios a España.