
Una vez identificado el joven y comprobado que es menor de edad, los policías lo acompañaron a su domicilio, situado en las cercanías, para entrevistarse con la madre y explicarle lo acontecido. Los botes de pintura quedaron depositados en dependencias policiales. En los días siguientes, diferentes agentes fueron localizando en diferentes puntos del Inferniño, la carretera de Castilla, la carretera de San Pedro o el barrio de la Magdalena, entre otras áreas, distintos graffitis que representaban la misma frase (“On air”) y las mismas características, por lo que se le atribuyen al mismo joven.
En solo una semana, se contabilizaron más de treinta de estas pintadas sobre fachadas, muros, escaparates y mobiliario urbano. Los policías locales que se hicieron cargo de las diferentes actuaciones propusieron denunciar al chico en aplicación de la Ley del Suelo de Galicia, que contempla dos cualificaciones en la tipificación de este tipo de infracciones. En su artículo 158, considera como infracción leve la realización de pintadas, graffitis y otro tipo de daños que deterioren la vía pública y diversos elementos urbanos, para lo que se establece una sanción de 100 a 600 euros. Pero también sitúa como infracción grave los mismos hechos siempre que exista reincidencia o los daños sean irreparables, situaciones por las que el importe de la sanción se sitúa en un tramo que va de 601 a 6.000 euros. Los servicios de limpieza municipales estiman en alrededor de 4.600 euros el coste de reparar los daños, incluyendo la limpieza de los graffitis en los lugares donde es posible y el repintado de elementos en los que no es factible retirar la pintura.
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