Inhabilitada durante diez años la exedil del BNG de Fene que impidió en 2017 debatir una moción de censura

Audiencia provincial

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha inhabilitado durante diez años para empleo o cargo público a la exconcejala del BNG en el Ayuntamiento de Fene, Mariela Aguilar, que en el año 2017 decidió suspender un pleno en el que se iba a debatir una moción de censura del PP y Somos Fene contra el gobierno local del BNG.

El tribunal, que la ha considerado responsable de un delito de prevaricación administrativa, relata en la sentencia que la acusada, en su condición de concejal de mayor edad, presidía el pleno del Ayuntamiento y a pesar de haber sido informada por la secretaria de que se estaban cumpliendo los requisitos legales y de tener conocimiento de que había resoluciones judiciales que avalaban su celebración, decidió, «de manera unilateral y abusando de su posición, sin contar con el criterio de la otra concejala integrante de la mesa», del Partido Popular, que la moción había dejado de reunir los requisitos legales y suspendió el pleno, evitando el debate y la moción de censura.

Los magistrados indican que la decisión que adoptó «no puede ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable», al tiempo que advierten que es «evidente» que no puede prevalecer un escrito de un partido municipal cuando se habían dictado varias resoluciones judiciales que pretendía contravenir.

Así, concluyen que la resolución fue dictada «con la finalidad de hacer efectiva su particular voluntad y con el conocimiento de actuar en contra del derecho».

CON CONOCIMIENTO

En la sentencia se asegura que tanto la prueba la documental como las declaraciones de la acusada y de los testigos avalan, que «no estamos ante una mera irregularidad, sino ante una actuación dolosa, realizada con plena conciencia y voluntad de alterar el procedimiento electoral».

La encausada, según subraya el tribunal, impidió la celebración de pleno «en beneficio del integrante de su mismo grupo municipal y con evidente perjuicio para los demás concejales que habían firmado esa moción». Los jueces aseguran en la resolución que la ilegalidad cometida por la entonces concejala es «clara y patente».

LA SOLICITUD DEL FISCAL

En el juicio, celebrado en la Audiencia Provincial de A Coruña. en septiembre del pasado año la exconcejala del BNG acusada de prevaricación por suspender el pleno de Fene en 2017 e impedir una moción de censura se declaró inocente y alegó que desconocía que su decisión era ilegal. 

Según recogía el escrito del Ministerio Fiscal, los hechos ocurrieron en octubre de ese año cuando la exedil, que conformaba la mesa de edad del ayuntamiento junto a una concejala del PP, suspendió el pleno en el que se iba a debatir la moción de censura de la formación popular y Somos Fene contra el gobierno local del BNG y Esquerda Unida, encabezado por Juventino Trigo.

En su declaración, la acusada achacó su confusión a una medida cautelar contra dos concejales que tenían condición de no adscritos. Según explicó desconocía que el resto de medidas judiciales permitían celebrar el pleno al no tener «conocimiento en derecho».

La exedil justificó que su decisión fue tomada por «las circunstancias» y añadió que nadie la advirtió en aquel momento de que su decisión «no era legal».

La secretaria del ayuntamiento afirmó, a su vez, que había advertido de que se cumplían todos los requisitos legales para llevar a cabo la moción. En el momento en el que la exconcejala tomó esa decisión, explicó que no pudo avisar de la ilegalidad porque según declaró, «no se me dio la palabra».

En su escrito de calificación, la Fiscalía pide para la exconcejala diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, así como para el derecho de sufragio pasivo por un delito de prevaricación

 

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