COAFGA agradece la ampliación de plazo para presentar el Informe de Evaluación

Satisfacción entre los Administradores de Fincas Colegiados de Galicia (COAFGA) por la decisión de la Xunta de ampliar el plazo para que los inmuebles catalogados de más de 50 años presenten el Informe de Evaluación de Edificios (IAE).

En el Decreto publicado este martes 22 de marzo en el DOG, la Xunta deja a criterio de cada ayuntamiento la fecha de presentación de dichos informes, siempre que no se superen los tres años desde la fecha de publicación de la orden, cuando en el texto anterior se establecía un plazo de un año para estos inmuebles.

Así pues, desde el citado martes, los edificios catalogados también dispondrán, al igual que los no catalogados, de tres años para realizar el informe, pero se precisa una ordenanza municipal que lo establezca con un calendario de actuación en ambos casos.

En los ayuntamientos que no se publiquen resoluciones a este respecto, los inmuebles de su demarcación quedarán sujetos a la regla general, que fija el plazo de un año para todos los edificios de más de 50 años, estén catalogados o no.

El COAFGA llevaba tiempo reclamando posponer las fechas de presentación debido a las dificultades para reunir a las juntas de propietarios a causa de la pandemia, los problemas para alcanzar el quórum necesario y la crisis que afecta al sector de la construcción.

Estado de conservación de los edificios

El IAE es un instrumento diseñado por la Xunta para acreditar el estado de conservación, accesibilidad y la eficiencia energética de los inmuebles residenciales, de carácter obligatorio para todos aquellos edificios de tipología de vivienda colectiva que tengan 50 años o más, carezcan de declaración firme de ruina y con independencia de que en los mismos existan otros usos distintos al residencial.

El decreto aprobado por el Consello de la Xunta el pasado mes de abril de 2021 establece que los ayuntamientos que así lo consideren podrán fijar un calendario para la presentación gradual de los informes en el caso de aquellos inmuebles que a su entrada en vigor ya tuviesen medio siglo de antigüedad o más.

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