Ferrol-El Gobierno local someterá al pleno el 1er reglamento de teletrabajo

 
La concejalía de Recursos Humanos, que depende de la edil María Teresa Deus, elevará al pleno de la corporación la nueva normativa de teletrabajo del Concello de Ferrol. Es la primera vez que se redacta un documento de estas características y con él la administración local de Ferrol dispondrá de una herramienta «de la que todavía carecen muchos municipios», ha explicado Deus.
 
Entre los objetivos marcados por el reglamento se encuentran; el impulso y fomento laboral en términos objetivos y no el tiempo de permanencia en el lugar de trabajo, incrementar el compromiso con la calidad y potenciar la productividad, reducir el absentismo, mejorar los procesos, reducir costes mediante la optimización del espacio y otras medidas
 
Asimismo, contribuir al desarrollo de metodologías y programas para la evaluación del desempeño de los empleados públicos, avanzar en la modernización y digitalización de la Administración, contribuir a la cultura digital de la organización, incrementar el compromiso y nivel de motivación del personal, conciliar la vida personal y familiar a través de la flexibilidad para realizar el trabajo desde casa sin disminuir la cantidad y calidad del servicio
 
También contempla, fomentar la corresponsabilidad y el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, facilitar el acceso al teletrabajo a personas con discapacidad o cargas familiares, reducir el tiempo de desplazamiento del personal, reducir el impacto ambiental o utilizar el teletrabajo como mecanismo de prevención de riesgos laborales.
 
La modalidad de teletrabajo tendrá carácter voluntario, salvo en casos extraordinarios o excepcionales, tales como necesidades de prevención de riesgos laborales, motivos de emergencia sanitaria, obras y reformas en el lugar de trabajo que impidan el normal desarrollo del mismo de forma presencial, traslados o cambios entre dependencias u otras circunstancias de fuerza mayor.  En todo caso, los sindicatos serán informados en la Mesa General de Negociación.
 
Los puestos no susceptibles de desempeñarse a través de teletrabajo serán los de oficinas de registro y atención al ciudadano, personal de conducción, personal con funciones de apertura y mantenimiento de edificios, cargos estructurales que realizan funciones de dirección, coordinación o supervisión de los servicios de atención al público, puestos de atención directa y urgencias con atención 24 horas, puestos que implican el manejo de información y acceso a datos no digitalizados y cualesquier otro cuya función implique necesariamente la prestación de servicios presenciales.
 
Las dependencias deberán contar con una presencia diaria obligatoria mínima del 50% de sus efectivos, por lo que las autorizaciones para aprovechar la modalidad de teletrabajo se otorgarán de acuerdo con criterios de preferencia por grupos.
 
El primer grupo incluirá a empleados víctimas de violencia de género, personal con discapacidad con movilidad reducida, personal en proceso de recuperación de una enfermedad muy grave o tratamiento oncológico, y empleadas públicas embarazadas.
 
El segundo grupo en términos de preferencia incluirá personas que tengan hijos a su cargo de 0 a 3 años, familiares hasta segundo grado con cuidado continuo y permanente y miembros de familias monoparentales.
 
El tercer grupo estará formado por trabajadores con hijos mayores de 3 años y hasta 14 años. Finalmente, el resto de empleados públicos no tendrá preferencia. En caso de empate entre personas de un mismo servicio, se establecerá un turno rotativo si es necesario.

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