La defensa de Víctor Timiraos Navarro , el hombre condenado a 21 años de prisión por el asesinato de Marta Sequeiro una camarera en Ferrol en abril de 2016, ha reclamado la repetición del juicio, en la vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Por su parte, la Fiscalía ha calificado el recurso de «inadmisible» y ha pedido que se mantenga la condena de la Audiencia Provincial de A Coruña. Tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado, la Audiencia condenó al procesado a 21 años de cárcel por un delito de asesinato, con alevosía y ensañamiento, así como a indemnizar al hijo de la víctima con 200.000 euros y a sus dos hermanas con 6.000 euros a cada una.
El fallo consideró probado que, el 24 de abril de 2016, Víctor Timiraos, después de cerrar la cafetería Auditorio 27 que regentaba, se dirigió al Bar Bonky, en Telleiras, donde trabajaba la víctima, permaneciendo allí durante unas tres horas y consumiendo alcohol. Más tarde, sobre las 21,00 horas, el ahora condenado regresó a la cafetería y, en un momento dado entre las 5,00 y las 5,30 horas y cuando no había otras personas en el local, «se hizo con un cuchillo» asestando más de 60 puñaladas a la víctima.
En el momento de su fallecimiento Marta María Sequeiro Valencia, de 43 años, contaba con un hijo menor de edad Hugo M.S.(nacido el 18 de septiembre de 2003) hallándose divorciada del padre del menor además, tenía dos hermanas que vivían con independencia de su hermana.
ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
En la vista de apelación, la defensa ha argumentado la existencia de «indefensión» y ausencia de un veredicto «fundamentado». En declaraciones a los periodistas, la letrada, Gloria Otero, ha argumentado que tenía que haberse realizado a su cliente «una pericial psicológica y psiquiatra«. También ha criticado que «no se hubiese buscado a testigos», en alusión a las personas que, según ha expuesto, tenían que haber visto al procesado, -que admitió su autoría- consumiendo alcohol.
El Ministerio Público, por su parte, ha rechazado que hubiese indefensión y ha apuntado que en la instrucción no se solicitó la prueba pericial psicológica. Sobre el veredicto del jurado, ha expuesto que la motivación «detallada» corresponde al magistrado-presidente de la sentencia, no al jurado. Por ello, ha considerado que no hay motivos para rectificar el fallo