Primer juicio contra una entidad bancaria por no informar del código de buenas prácticas

Sobre una veintena de personas ha secundado una concentración ante el Juzgado de Ferrol este miércoles, convocadas por Stop Desafiuzamentos da Rede de Apoio Mutuo de Ferrolterra y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Ferrol y Comarca, con motivo de la celebración del primer juicio contra una entidad bancaria por no informar del código de buenas prácticas y ejecutar una hipoteca sin trasladar al cliente otras posibilidades.

La causa juzgada, celebrada en el Juzgado de Instrucción número 5, ha quedado vista para sentencia, con el BBVA como entidad procesada por no haber «informado a un cliente de las posibilidades de acogerse al denominado código de las buenas prácticas bancarias, un código voluntario, al que se han apuntado todas la entidades, aunque luego no lo están aplicando». Así lo ha asegurado el letrado vasco José María Erauskin, que ha sido el encargado de defender a una familia ferrolana, con hijos menores a su cargo.

Según el abogado con despacho en San Sebastián, «el artículo 5.9 de este código establece que las entidades financieras adheridas tienen la obligación de al detectar un impago en la cuota hipotecaría, ofrecer al cliente las posibilidades y requisitos de este código«.

 Según Erauskin, la más habitual es «una carencia de cinco años pagando tan solo Euribor mas 0,25, que puede significar en una hipoteca media unos 40 euros al mes».

PRIMER CASO JUZGADO

Según el letrado vasco del bufete Abogados Res, «esto no les interesa a los bancos, porque es poco dinero, ya que se han apuntado a este código, para quedar bien ante la opinión pública, pero luego no están cumpliendo con su obligación de ofrecerlo».

En el caso concreto de Ferrol, que es «el primero que se va a juzgar en España», se trata de «un trabajador del mar, un pescador, que se retrasó durante los meses de abril, mayo y junio y que la entidad de crédito pide en julio la ejecución hipotecaria en el juzgado».

José María Erauskin ha destacado que en este caso «el banco ha ido directamente a la ejecución cuando el objetivo de este código de buenas prácticas, aprobado por un Real Decreto del Gobierno del Estado, es evitar estas situaciones y dar alternativas, todo lo contrario que hizo el banco». Así, el letrado ha asegurado que entres sus peticiones al juez han estado que «declare que el banco no ha cumplido y que le condene a retirar la demanda de ejecución que nunca debió de presentar». «En Galicia estoy convencido de que de habérseles ofrecido esta posibilidad a muchas personas, la habría escogido», ha afirmado, además de incidir que con esta solución «muchos de los fondos que están destinando los ayuntamientos para pagar las hipotecas de personas con dificultades, no harían falta si a estos ciudadanos se les ofreciera la posibilidad de acogerse a este código». «Ya que no sería necesario que el municipio les pagara los 300 euros de hipoteca si esa persona puede estar igualmente en su casa pagando 40 euros», ha concluido.

 

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