Sr.Director:
Reganosa, Navantia, la Xunta de Galicia y la Universidad de Santiago, no tienen en cuenta la sentencia del Tribunal Supremo del día 11 de mayo de 2012, que declaraba ilegal la actividad de Reganosa. Mejor dicho, pasan de la sentencia olímpicamente al proponer que la Ría de Ferrol sea el puerto español de referencia para el suministro de gas para el transporte marítimo en el noroeste peninsular. Eso sería multiplicar el riesgo de tragedia para miles de personas de Ferrol y la comarca.
Claro que sería una buena propuesta si Reganosa estuviera situada en su enclave previsto, donde tenía una zona acotada en el Puerto Exterior, pero por intereses económicos de Tojeiro con el complot de la Xunta de Fraga, se instaló en el interior de la Ría, por lo cual no cumple con dos normas básicas para este tipo de instalaciones peligrosas:
1º.- Según el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP) en vigor en el momento de la puesta en marcha; la distancia a zonas habitadas no puede ser inferior a 2.000 metros, pero la planta de gas está situada a 400 metros del núcleo de Mehá, a 900 metros del casco urbano de Mugardos y a 1.600 metros del casco urbano de Ferrol, almacenando en sus depósitos 150.000 m3 de gas natural licuado equivalente a 12 millones de bombonas de uso doméstico.
2º.- La UNE-EN 1532 requiere que los buques cargados con gas natural licuado puedan, en caso de emergencia, salir a mar abierto en el tiempo más breve posible y sin ayuda ajena: esto es imposible por el canal de entrada a la Ría, de 4,5 Km de largo, pues necesitan ayuda tanto para entrar como para salir, y además, solo se puede hacer con pleamar.
Ante este riesgo, la autoridad portuaria debería prohibir la entrada ilegal de gaseros cargados con gas natural licuado al interior de la Ría.
Andrés Sanjurjo Martínez