La Generalitat asegura que la Lomce es la mayor ofensiva al catalán desde 1978

Un nuevo borrador de la Ley de Mejora de Calidad Educativa (Lomce)  del Gobierno tumba la inmersión lingüística en Catalunya al relegar la  lengua catalana a materia «de especialidad.

Un nuevo borrador de la Ley de Mejora de Calidad Educativa (Lomce)  del Gobierno tumba la inmersión lingüística en Catalunya al relegar la  lengua catalana a materia «de especialidad» y al establecer la  proporcionalidad del castellano y el catalán en las escuelas públicas.

Así lo ha anunciado este lunes la consellera de Enseñanza de la Generalitat, Irene Rigau, en una rueda de prensa urgente en la que ha explicado que la nueva norma prevé que, mientras no se aplique, la Administración pague la enseñanza en castellano en centros privados de las familias que lo pidan.

Rigau ha deplorado que el texto «rompe el modelo de escuela catalana» y supone la mayor ofensiva contra el catalán desde 1978, después de que el Ejecutivo haya instado a las comunidades con dos lenguas oficiales a dar un trato equlibrado a la impartición de las asignaturas para alcanzar el 50% de proporcionalidad.

El texto recoge, en la  dispoisición adicional lengua castellana y lengua vehicular de la  enseñanza, que «las administraciones educativas garantizarán el derecho  de los alumnos a recibir las enseñanzas en castellano, lengua vehícular  de la enseñanza» y establece que la lengua castellana y su literatura  tendrán el tratamiento necesario para que todos los alumnos la  comprendan y se expresen en ella con corrección, de forma oral y por  escrito, al finalizar la enseñanza básica.

Asimismo, señala que en  las CC.AA que posean otra lengua oficial junto al castellano, de  acuerdo con sus estatutos, las adminsitraciones educativas deberán  garantizar en todas las etapas educativas obligatorias que esas lenguas  cooficiales sean ofrecidas en las distintas asignaturas en «proporciones  equilibradas en el número de horas lectivas», de manera que se procure  el dominio de ambas lenguas oficiales por los alumnos, sin perjuicio de  la posibilidad de incluir lenguas extranjeras.

Además, añade que  corresponde a estas administraciones determinar la proporción que  proceda en el uso del castellano y la lengua cooficial como lenguas  vehiculares en el sistema educativo, en atención al estado de  normalización lingüística. Igualmente, especifica que podrán otorgar, en  función  del estado de normalización lingüística en sus territorios, un  trato diferenciado a la lengua cooficial respecto del castellano «en  una proporción razonable», sin que en ningún caso pueda suponer de hecho  la exclusión del castellano.

«Mientras no se realice la  determinación a que se refiere el párrafo anterior, los padres o tutores  tendrán derecho a escoger la lengua vehicular de la enseñanza que  reciban sus hijos. Cuando, como consecuencia de dicha falta de  determinación, no exista oferta docente pública o concertada en la  lengua vehicular elegida en la localidad de residencia de los alumnos,  los padres o tutores podrán optar por escolarizar a sus hijos en centros  privados, correspondiendo a la administración educativa sufragar los  gastos de escolarización«, añade la disposición.

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