La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que impuso 21 años y tres meses de cárcel a un hombre por cometer cuatro delitos de abusos sexuales, dos de ellos sobre menores de 13 años, los cuales se desarrollaron “en un ambiente familiar” y bajo el pretexto de “tratamientos con masajes”.
Los magistrados subrayan que no cabe duda que todas las víctimas “consideraron los hechos inaceptables, con independencia de que tardaran en denunciarlos o del motivo conjunto que les lleva a hacerlo, sobre el que no caben especulaciones que pongan en cuestión unos relatos que son perfectamente creíbles, coherentes y cumplen los parámetros orientativos del denominado triple test”.
Además, el alto tribunal gallego rechaza la invocación del principio in dubio pro reo, pues recuerda que solo cabe cuando “resulte vulnerado su aspecto normativo, es decir, en la medida en la que se demuestre que la Audiencia condenó a pesar de su duda, lo que no sucede en el supuesto estudiado”.