El Ayuntamiento Pleno de Neda aprobaba inicialmente esta semana por unanimidad su ordenanza de administración electrónica. Un
texto que regula, adaptándose a la actual normativa, las condiciones y efectos jurídicos de la utilización de las tecnologías en la actividad administrativa municipal- en especial, el uso de los medios electrónicos en la tramitación de la de los procedimientos administrativos-, las relaciones entre el Ayuntamiento y el resto de entidades del sector público, y también con la ciudadanía, el fin de garantizarle sus derechos.
Con respecto a esto último, la ordenanza parte de la libre elección del canal a través del cual los ciudadanos y ciudadanas se relacionan con la Administración, que obligatoriamente será por medios electrónicos en el caso de personas jurídicas y determinadas personas físicas. En todo caso, el texto recoge el derecho de cualquiera persona a relacionarse con el Ayuntamiento a través de medios electrónicos.
En esta línea, recoge el deber de la entidad local de “garantizar el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos” de forma libre y gratuita. Y para eso establece la existencia de oficinas de atención presencial “debiendo contar con asistencia y orientación sobre su utilización”; puntos de acceso general electrónico, disponibles a través de internet; y, mismo servicio de atención telefónica -“medida en que los criterios de seguridad y las posibilidades técnicas lo permitan”- para facilitar al vecindario a la el acceso a las informaciones y servicios electrónicos.
Con la vocación de agilizar el procedimiento, la ordenanza recoge el principio de “solo una vez”, garantizando que los vecinos y vecinas no tengan que aportar, excepto excepcionalmente, datos que el Ayuntamiento ya tiene o que ya están a disposición en otra administración. Apuesta además por reducir otras “cargas”, por ejemplo, establece la preferencia por el uso de declaraciones responsables y comunicaciones previas, y las renovaciones automáticas de autorizaciones y licencias previamente otorgadas.
La norma regula de forma pormenorizada el funcionamiento de la sede electrónica, la difusión y acceso de la información administrativa a través de medios electrónicos o el funcionamiento del registro electrónico y los actas audiovisuales de los plenos.
Según anuncia el BOP de A Coruña, en su edición de este viernes, la ordenanza se somete ahora a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación, considerándose definitivamente aprobada si en ese tiempo no se presenta ninguna reclamación.