Este lunes, día 13, a las 9.45 horas en la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña se celebrará un juicio por abuso sexual. La Fiscalía solicita cinco años de prisión para un acusado de abusar sexualmente de su sobrina de diez años. Procede del Juzgado de Instrucción número 2 de Ferrol.
La acusación se dirige contra un vecino de Ferrol, mayor de edad y sin antecedentes penales. indicando que en hora indeterminada del día 17 de agosto de 2019, cuando la menor, de 10 años de edad se encontraba en el salón del domicilio de su abuela materna, sito en Ferrol, en la única compañía del encausado, tío materno de la misma, y de la hija de éste, menor de edad, en un momento dado, el encausado, con ánimo libidinoso, y aprovechando la influencia que su relación de parentesco ejercía sobre la menor, realizó varios actos obscenos que terminaron trasladando a la menor a una de las habitaciones de la vivienda, donde logró que se tumbara en la cama mientras él permanecía de pie, realizando nuevas bajas acciones a la menor por encima de la ropa interior de la misma.
Los padres de la niña tras enterarse de los hechos interpusieron denuncia el 28 de enero de 2020 después de haber acudido con la menor a un centro dependiente del Sergas para su exploración el el día anterior, ascendiendo el coste de dicha asistencia sanitaria a la cantidad de 361,59 euros.
El día 30 de ese mes , el Juzgado de Instrucción nº 1 de Ferrol, impuso al encausado la prohibición de aproximarse a menos de 50 metros de la menor cualquiera que sea el lugar en que se encuentre, y de su domicilio, y de comunicarse con ella por cualquier medio, hasta que recaiga resolución firme que ponga fin al procedimiento.
Solicitud de la fiscalía
Según el ministerio fiscal los hechos descritos son constitutivos de un delito de abusos sexuales a menor de dieciséis años de los que responde el encausado en concepto de autor por lo que procede imponer al encausado la pena de 5 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, la medida de libertad vigilada por tiempo de 5 años, la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo superior en 3 años al de la pena de prisión impuesta y la prohibición de aproximación a menos de 100 metros de la menor, de su domicilio, lugar de estudios o cualquier otro lugar en que se encuentre, y de comunicación con ella por cualquier medio, por tiempo superior en 4 años al de la pena de prisión impuesta
Asimismo además del abono de medida cautelar y costas, el encausado deberá indemnizar: la menor a través de sus representantes legales, en la cantidad de 3.000 euros por los daños morales causados y al Sergas en la cantidad de 361,59 euros por la asistencia sanitaria prestada.