El DOG del pasado lunes, día 13 , pública la resolución de Patrimonio de la Xunta por la cual se ordena la inclusión del Cine Ideal Zárate en el catálogo de Patrimonio Cultural de Galicia como monumento con las protecciones correspondientes como edificio a preservar por su singularidad arquitectónica.
INCLUSIÓN EN EL CATÁLOGO DEL PATRIMONIO CULTURAL
Con fecha del 13 de marzo figura en el DOG la incoación del procedimiento para incluir en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia, como bien inmueble con la categoría de monumento, el Cine Zárate, sito en la avenida de Galicia, núm. 37, del término municipal de Mugardos, ordenando la anotación preventiva en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia y aplicando de forma provisional el régimen de protección previsto para los bienes catalogados mientras se tramite el expediente, que deberá resolverse en el plazo máximo de dieciocho meses a partir de la fecha de la resolución. Tras transcurrir ese plazo sin que se emitiera resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento.
Asimismo se abre un período de información pública por un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación para que cualquier persona física o jurídica pueda acercar los alegatos e informaciones que considere oportunas. El expediente podrá examinarse en la Subdirección General de Protección del Patrimonio Cultural (Dirección General del Patrimonio Cultural, Edificio Administrativo San Caetano, o en el servicio de Patrimonio Cultural de la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en A Coruña.
De todo ello se le notifica a las personas interesadas y al Concello de Mugardos.
EL CINE IDEAL ZÁRATE
Esta sala de cine situada a escasos metros del Ayuntamiento recibió su nombre del indiano mugardés Pedro Zárate Doménech, que compró en 1924 lo solar sobre EL cual construiría la sala cinematográfica el arquitecto coruñés Eduardo Rodríguez-Losada Rebellón, quien diseñó un edificio ecléctico, siguiendo la moda de la época, reconocible en otras salas de A Coruña, Pontevedra o Vigo. El edificio fue inaugurado el sábado 29 de mayo de 1926 con la actuación del grupo argentino de Lees Pantaleoni y Aurora Gago.
Nació, como era habitual en ese momento, como un local para diversas actividades sociales de ocio, lo que entonces recibía el nombre de «salón». El diseño interior respondía al esquema habitual de los salones de variedades, tomado de los teatros a la italiana: vestíbulo-sala-escena. La planta rectangular daba cabida a un mayor número de butacas y en la planta superior se situaba el anfiteatro y contaba en total con un aforo de 304 localidades.
Mercedes López Zárate heredó de su padre el Ideal Cine y mantuvo el uso de la sala hasta 1934, cuando la familia Zárate alquiló el inmueble a José García Niebla. En este momento el inmueble hubo de ser reformado por Nemesio López Rodríguez, debido a que las instalaciones ya se encontraban en deficiente estado, además para que el cine pudiera seguir funcionando era necesaria la apertura de un acceso independiente a la cabina por la terraza. Años más tarde el alquiler del inmueble pasó a José García Dorado, quien lo mantuvo en uso hasta su cierre definitivo en julio de 1969.
Desde que el cine dejó de funcionar en la década de los 60, comenzó la decadencia del inmueble que vemos hoy en estado ruinoso, sus restos representan la época dorada de los cines e identifican el Ideal Cine Zárate cómo principal centro de ocio en Mugardos durante muchos años, en el cual también se ofrecían espectáculos de teatro y bailes, y mismo mítines en los años anteriores a la II República.
Además de la sala de cine, el edificio presenta en su muro sudoeste, un local trapezoidal arrimado en el exterior de la fachada lateral, que fue cantina del local, cubierto por una terraza con estructura porticada, con pilares sobre pedestal y balaustrada de hormigón decorada con motivos geométricos. Esta cantina se convirtió con el tiempo en el Bar Fernando y conservó siempre ese carácter de centro de la vida social mugardesa.
La fachada principal, de gran riqueza decorativa, desarrolla una composición simétrica de seis pilastras que recorren las dos plantas y sostienen un friso en que las métopas delimitan las palabras «Ideal Cine Zárate», en las cuales aún se puede intuir una policromía de color azul.
Esta fachada de lenguaje ecléctica, que anuncia el modernismo por el colorido empleado, finaliza con un frontón triangular central decorado con motivos vegetales. Mientras el cuerpo bajo de la fachada articula cinco huecos, uno en cada paño, alternando tres vanos de acceso y dos ventanas con pequeños balaústres de hierro fundido, el cuerpo superior presenta en los paños laterales unos paneles cerámicos de azulejos que utilizan los colores blanca y verde para presentar dibujos geométricos.
El edificio exento se componen de dos volúmenes diferenciados construidos con una estructura mixta de piedra, fábrica de ladrillo, hormigón armado, madera y acero.
El volumen principal destinado a la sala de cine, de planta cuadrangular desenvuelta en altura con un semisótano, bajo la rasante a la calle principal y el volumen restante hasta la cubierta.
En el semisótano se disponen una estructura de muros de carga de cachotería de piedra de unos 70 cm de espesor, para cimentar el edificio, contener el terreno y apoyar la estructura principal del edificio sobre rasante, formada por muros de carga de 1/2 pie de fábrica de ladrillos apilastrados mediante machones de hormigón armado de unos 40×40 cm que sirven de apoyo a la cubierta.
Por último, la cubierta del volumen principal estaba resuelta mediante tijeras formadas por perfiles laminados de acero y tirantes de acero de sección circular que servían de soporte al cerramiento de cubierta y al falso techo interior.
El volumen destinado a la cantina, arrimado al volumen principal y de menor altura que este, de planta trapezoidal, consta de semisoto, planta baja y terraza con estructura porticada de hormigón armado, que servía de apoyo a una pérgola hoy en día desaparecida, formado por pilares de hormigón armado de unos 25×25 cm unidos en cabeza mediante vigas de hormigón armado.
El desarrollo en altura de la planta se resuelve mediante forjados unidireccionais de hormigón armado con viguetas de perfiles laminados de acero. El forjado de cubierta se resuelve mediante la misma solución y es transitable y destinado la terraza.
NIVEL DE PROTECCIÓN
El edificio presenta un avanzado estado de deterioro a causa de la falta de uso y de la ausencia de conservación. Sin cubierta, solamente conserva en pie las fachadas, de las cuales, presentan un interés especial a principal del cine y la lateral sudoeste, en la cual se arrima la estructura porticada de la cantina.
Dadas estas características, se considera que el nivel de protección de este bien tiene que serlo de protección integral para el volumen incluido en la parcela y la fachada principal, que supone la conservación íntegra de los bienes y de todos sus elementos y componentes en un estado el más próximo posible al original desde la perspectiva de todos los valores culturales que conforman el interés del bien, respetando su evolución, transformaciones y contribuciones a lo largo del tiempo.
Será objeto de una protección ambiental el resto de la parcela correspondiente con la edificación principal del cine, que supone la conservación de los aspectos más visibles y evidentes de los bienes que, a pesar de no presentar un interés individual destacable, conforman el ambiente de un lugar de forma homogénea y harmoniosa.
PROTECCIÓN DEL EDIFICIO Y SU CONTORNO
Las intervenciones que se pretendan realizar en las edificaciones identificadas en esta incoación, así como en el contorno de protección tendrán que ser autorizadas por la consellería competente en materia de patrimonio cultural, con las excepciones que se establecen en la Ley 5/2016, de 4 de mayo.
Su utilización quedará subordinada a que no se pongan en peligro los valores que aconsejan su protección, por lo que los cambios de uso sustanciales deberán ser autorizados por la Dirección General de Patrimonio Cultural.
El objetivo principal de la protección es permitir la conservación de esta testigo de la identidad mugardesa, evocadora de un pasado de prosperidad económica y social asociada a la industria conservera y a los movimientos migratorios.
En lo que se refiere al régimen de protección, en el contorno quedan prohibidos, como regla general, los movimientos de tierras y excavaciones de incidente paisajística, el almacenaje al aire libre de materiales y vertido de residuos, sin autorización expresa de los departamentos competentes. En términos generales, cualquier actuación que se pretenda realizar dentro del contorno de protección delimitado y sus bordos, en especial, demoliciones, transformaciones, aumentos del volumen edificado, que alteren su carácter originario, deberá ser autorizada por la Dirección General de Patrimonio Cultural, con las excepciones que se establecen en los artículos 39 y siguientes de la Ley 5/2016, del patrimonio cultural de Galicia.
Dada la naturaleza del inmueble, completamente integrado en el núcleo urbano de Mugardos y manteniendo a lo largo de tres cuartos de siglo su carácter identitario, se observará el dispuesto en los artículos 29 y siguientes de la Ley 5/2016, para delimitar exclusivamente un contorno de protección.
Así pues, se identificarán como bien las parcelas que ocupan el Cine Zárate y su cantina respectivamente, y un contorno de protección inmediato delimitado por su fachada principal, trazando una línea recta coincidente con la avenida de Galicia, que se prolongará hasta el ángulo este de la parcela apegada por la fachada noreste del cine, donde continuará por el límite parcelario hasta el vértice norte y, desde aquí, cerrando la línea e incorporando la totalidad de la parcela hasta su encuentro con la parcela del cine.
Cerrará el contorno por el sudoeste el espacio comprendido entre la cantina y la avenida de Galicia, una línea curva descrita por la propia vía incluyendo las parcelas , así como la palma que se conserva en la acera, seguramente procedente del ajardinamiento que en su día se hiciera para ennoblecer esta zona de ocio. Desde aquí, se trazará una línea recta hasta su encuentro con el ángulo oeste de la parcela que ocupa la cantina.