El Fiscal Jefe de Ourense califica la actuación del expresidente de la Diputación provincial, José Luis Baltar, en la contratación de 104 personas, como «delito continuado de prevaricación» y por ello pedirá en el juicio su inhabilitación durante 10 años para cualquier trabajo en las Administraciones públicas y para cualquier cargo electo, aunque el barón provincial del PP está ya retirado y se dio de baja del partido al presentarse la querella del fiscal a principios de 2013.
El escrito de acusación, dado a conocer por la Fiscalía Superior de Galicia detalla los trámites seguidos por el que fue presidente de la Diputación de Ourense durante 22 años, entre 1990 y 2012, y se centra en la contratación de 104 trabajadores como personal laboral en los primeros meses de 2010, «siendo el único criterio de contratación un mero acto arbitrario de designación por él mismo».
«La Diputación contrató a 104 personas con un contrato temporal, elegidas por el propio presidente de la diputación, sin sometimiento a los mínimos principios que rigen la contratación pública«, asegura el escrito del fiscal.
Los trámites se iniciaron con ocho decretos fechados entre el 15 de enero de 2010 y el 17 de marzo del mismo año, para 104 contratos «con apariencia de temporales» y cuya decisión el fiscal atribuye a Baltar, quien «conocía la absoluta ausencia de procedimiento de contratación y quería de manera directa que fuesen esas personas, y no otras, las que ocuparan los puestos, haciendo pasar por inaplazables y necesarias las contrataciones, bajo su propia consideración».
Según la fiscalía, para formalizar los contratos, los decretos de Baltar mencionan como amparo legal una regulación que se refiere a bienes, actividades y servicios, «pero no al personal laboral».
«Se hicieron con desprecio absoluto a la ley reguladora de Bases del Régimen Local, en varios de sus artículos, y vulneran frontalmente la Ley de Presupuestos del Estado de 2009, en su artículo 93 que prohibía la contratación de personal temporal o funcionarios interinos para todas las Administraciones públicas salvo casos excepcionales, urgentes e inaplazables«, detalla el escrito.
Según la acusación pública, en ninguna de las contrataciones citadas aparece constatada, «ni tan siquiera expresada, la excepcionalidad o necesidad urgente».
Tampoco la Ordenanza provincial reguladora de los contratos de personal laboral temporal de enero de 2004, firmada por Baltar, ampara la actuación del expresidente de la Diputación, a juicio del fiscal, que argumenta que la norma establece dos procedimientos de contratación, uno ordinario y otro de urgencia. Para ambos, agrega, se fija la necesidad de convocatoria pública mediante anuncio, en el Boletín Oficial de la Provincia o en el tablón de edictos de la Diputación, indicando el tipo de contrato y el perfil requerido.
Sin convocatoria pública
«En ninguno de los casos de las 104 contratacione señaladas, existió previa convocatoria u oferta en el BOP o en el tablón de edictos, o de cualquier otro modo, omisión consciente que realizó el querellado para designar a las personas contratadas por su única decisión sin sujeción a las elementales normas que rigen la contratación«, sostiene el fiscal.
La mayoría de los contratos eran de tres meses, aunque «esa duración no se establecía en los decretos y dependía de la finalización de la obra o servicio», continúa el texto, que asegura que «ese límite se excedió ampliamente en el caso de los contratos para el centro de cultura popular Xoca».
«Omisión y silencio»
La «omisión y silencio» de la comisión de control y seguimiento para la selección de personal temporal, creada por la Ordenanza provincial de 2004, «contribuyó a que la situación de ilícita contratación y su duración, se desarrollase sin control o inspección».
Esa comisión, según la Ordenanza y detallada por la Fiscalía, debe formarse con dos diputados provinciales, dos funcionarios cualificados de la diputación, un representante de la Junta de Personal, otro del comité de empresa y cuatro de los sindicatos mayoritarios.
«En ninguna de las 24 reuniones celebradas entre enero de 2010 y octubre de 2011 se planteó cuestión alguna, o mera petición de información sobre las contrataciones de la querella, y en ese período, dos de los sindicatos ni tan siquiera acudieron a alguna de las reuniones y uno de los sindicatos sólo acudió a tres«, expone el documento.
Hubo informes sobre los contratos, pero a petición de diputados y «se referían exclusivamente a la dotación presupuestaria para el pago de salarios y seguridad social de los contratados, y sobre la conformidad de los contratos con la Ley de Presupuestos Generales de 2010, para decir que se ajustaron a ella».
En ninguno de los dos informes, uno de intervención y otro de secretaría, se «valoró o informó la adecuación de los trámites a la legalidad», afirma el escrito.
Las partes personadas como «acusación popular» en el caso son el PSOE -autor de la puesta en conocimiento de los contratos ante la Fiscalía tres años antes de que el fiscal jefe presentase la querella- y Manos limpias. Ambos deberán presentar sus propios escritos de calificación, antes de que el juez instructor emita un auto de apertura de procedimiento de vista oral, que irá seguido de la fecha del juicio prevista.