El ministro de Economía, Luis de Guindos, asegura contar ya con un parque de viviendas para el fondo social de viviendas en alquiler.
De Guindos cifra en 120.000 familias los potenciales beneficiarios de la norma contra desahucios.
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha asegurado que distintas entidades financieras se han comprometido ya a destinar 6.000 pisos al fondo social de viviendas que se pondrá en marcha y que está destinado al alquiler con precios bajos para las personas que no tengan hogar.
De Guindos cifra en 120.000 familias los potenciales beneficiarios de la norma contra desahucios. Así lo explicó en el Pleno del Congreso de los Diputados durante el debate para la convalidación del real decreto de medidas urgentes de protección del deudor hipotecario, que recoge paralizar durante dos años el proceso de lanzamiento de las viviendas de quienes estén en una situación especialmente vulnerable, sin coste.
Guindos lamentó que muchas familias se queden sin vivienda mientras hay tantas casas vacías en España, explicó que se está dialogando con las entidades financieras y que “ya tenemos el compromiso de cajas, bancos y cooperativas de crédito” para facilitar 6.000 viviendas al fondo. Las viviendas se alquilarán por precios de entre 150 y 400 euros y no deberán suponer un coste que superen un tercio de los ingresos de los arrendatarios.
El responsable de Economía recordó que colaborar es voluntario para las entidades financieras, aunque se mostró confiado en que “la mayoría de las entidades se unirán” a esta iniciativa. “En los próximos días definiremos las condiciones”, agregó.
El ministro pidió el apoyo de los grupos parlamentarios a esta norma para abordar el problema de los desahucios, y aseguró que el Ejecutivo está “absolutamente” abierto a impulsar nuevas actuaciones en este sentido.
OBLIGACIÓN DE CUMPLIR
En todo caso, subrayó que “la inmensa mayoría de los españoles hacen frente al pago de su hipoteca”, y que la morosidad hipotecaria es del 3,38% cuando esta actividad representa el 40% del total del sector financiero.
Así, señaló que aunque se pueden introducir “mejoras en el funcionamiento” del mercado hipotecario, “no se pueden adoptar medidas que alteren el diseño general del sistema normativo”, y que “todos tenemos la obligación de cumplir” con el mismo. Por ello, señaló que es necesario un “equilibrio para no convertir” el crédito hipotecario “en un privilegio al que algunos no pudieran acceder”.
De Guindos defendió la “trascendencia” del real decreto ley, y apuntó que espera que los dos años de paralización de los desahucios sea un “periodo suficientemente prudencial” para que las familias afectadas “puedan superar la situación de dificultad que padecen en la actualidad”. Además, comentó que el colectivo potencial que se pueden acoger a estas iniciativas es de 120.000 familias.
CONDICIONES PARA LOS BENEFICIARIOS
El nivel de rentas previsto para acceder a estas tres veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos), que en 2012 es de 532 euros al mes, lo que representaría familias cuyos ingresos mensuales no superen los 1.597 euros, unos 19.000 anuales.
Además, se beneficiarán hogares en los que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas: cuando la carga hipotecaria se haya multiplicado, al menos, por un 1,5% en los últimos cuatro años o los que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos.
El crédito ha de referirse a un crédito garantizado con hipoteca sobre la única vivienda en propiedad, y el Gobierno ha establecido una serie de circunstancias adicionales.
Se trata de familias numerosas, unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo, familias con algún menor de tres años, tener a cargo a personas en situación de discapacidad superior al 33% o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad laboral, ser deudores en paro y sin prestación por desempleo y estar en algunos supuestos de violencia de género.
También se recogen las unidades familiares en las que convivan en la misma vivienda una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y que se encuentren en situación personal de discapacidad.