El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) ha confirmado las penas, que oscilan entre seis años y ocho meses de cárcel y dieciocho años y diez meses de prisión, a cinco acusados de dedicarse a obtener beneficios económicos a través del ejercicio de la prostitución por parte de terceras personas.
Así, el alto tribunal gallego ha desestimado los recursos interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que los condenó por delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual e inmigración ilegal.
Los sospechosos, según consta en la resolución ratificada, organizaban la llegada a España de mujeres de nacionalidad venezolana desde su país de origen, incumpliendo las normas de extranjería, con ánimo de que permaneciesen en territorio nacional ejerciendo la prostitución.
EN FERROL, ENTRE OTRAS CIUDADES
El análisis del contenido íntegro de las múltiples sesiones del juicio revela, según el TSXG, “la explotación a la que estuvieron sometidas en distintos puntos de España –sobre todo en Ferrol, pero también en Santiago y Lugo– mujeres vulnerables” que acudieron al país, “algunas conocedoras de la actividad a la que se iban a dedicar, pero no en qué condiciones, y otras ajenas a tal destino”.
Por tanto, la Sala concluye que existe “prueba de cargo obtenida lícitamente, corroborada desde distintos elementos de convicción y valorada de forma coherente por el tribunal, sin que, por tanto, exista motivo alguno para su modificación”.
Además, los jueces recuerdan que, en relación con el delito de trata, “ya no es exigible, en la actual redacción, violencia e intimidación, siendo suficiente el engaño, abuso de superioridad o una situación de necesidad o vulnerabilidad de la víctima”.
LA INFORMACIÓN EN GALICIA ÁRTABRA
En enero de este 2021 se daba a conocer en Galicia Ártabra que la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña condenó a penas que oscilan entre seis años y ocho meses de cárcel y dieciocho años y diez meses de prisión a cinco acusados de dedicarse a obtener beneficios económicos a través del ejercicio de la prostitución por parte de terceras personas. Un sexto acusado fue absuelto al no poder probarse su implicación.
Los sospechosos, según consta en la sentencia, organizaban la llegada a España de mujeres de nacionalidad venezolana desde su país de origen, incumpliendo las normas de extranjería, con ánimo de que permaneciesen en territorio nacional ejerciendo la prostitución.
Además, el tribunal indica que, en algún caso, los procesados trajeron a personas desde Venezuela «haciéndoles creer que iban a trabajar en alguna ocupación diferente» y, en otros, las mujeres «conocían ya la actividad de prostitución a la que se dedicarían y que se correspondía con lo acordado».
En todo caso, lo jueces destacan en el auto que algunas de las afectadas «se encontraron con la imposición de unas condiciones para su ejercicio muy diferentes de las inicialmente propuestas».
Caso
Los hechos se remontan a 2017 y, por los mismos, se desarrolló un operativo que culminó, en 2019, con registros en ciudades como Ferrol, Pontevedra, Almería, Granada y Alicante.
Durante el juicio los seis acusados de obligar a mujeres a prostituirse en distintos pisos de ciudades españolas, entre ellas gallegas, negaron los hechos y alegaron que la ejercían libremente.
Algunas de las mujeres que testificaron, admitieron que conocían que ejercerían en España la prostitución, aunque otras afirmaron haber venido engañadas. En una de las sesiones del juicio, una testigo declaró que prestaba los servicios bajo amenazas y durante unas 20 horas al día. «Me decían que iban descontando la deuda –por su desplazamiento a España y los gastos que le cobraban, expuso–, pero nunca terminabas de pagar», relató.
Tras la condena los condenados elevaron recurso ante el TSXG.