El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirma que la tasa de saneamiento debe ser cobrada. Así se desprende del hecho de que acaba de ratificar la sentencia que anuló la suspensión de la ordenanza reguladora de la tasa por la depuración de aguas residuales de Ferrol. En un fallo con fecha del pasado viernes, 15 de noviembre, la sección 4 de la Sala del Contencioso Aadministrativo ratifica la sentencia del Juzgado del Contencioso sobre este asunto.
El proceso comenzó cuando la firma Socamex, socio privado de la Empresa Mixta de Aguas de Ferrol (Emafesa), recurrió contra el acuerdo del pleno de 18 de septiembre del 2015 de “suspender la aplicación de la ordenanza reguladora de la tasa por la depuración de aguas residuales”, una suspensión que, según los términos en los que se aprobó, tenía “carácter automático”. El Juzgado del Contencioso n.º 1 de Ferrol falló a favor de Socamex el 25 de mayo del 2018, pero el gobierno municipal de aquel momento decidió presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior.
Para el TSXG, “la cuestión a debate, abordada correctamente por la jueza a quo, se limita a determinar si el Concello de Ferrol puede suspender de plano y por acuerdo la aplicación de una ordenanza municipal como la que regula la tasa por la depuración de aguas”. El Tribunal Superior menciona varias cuestiones contrarias al acuerdo plenario, como que “la exigua literalidad de los términos del acuerdo no lleva a conocer qué concretos aspectos del hecho imponible no se cumplen”, que existe una “falta de motivación”, que se produce “una verdadera derogación de la ordenanza por cuanto el acuerdo no explicita ningún lapso temporal ni la que circunstancia concreta se supedita el alzamiento de tal suspensión”, que los motivos esgrimidos con los que se pretendía justificar la suspensión “ya se daban ab initio” y, por último, el argumento que el TSXG entiende “más sólido”, que “no cabe duda de que un acto administrativo singular no puede suspender una norma de rango reglamentario”. Por todo ello, su fallo desestima el recurso de apelación interpuesto por el Concello en el 2018.
No me creo que el alcalde Sr. Mato no vaya o recurrir la sentencia dadas la flojedad de las argumentaciones de los abogados del Concello. Tampoco a que se atreva a aprobar las cuentas sin la obligada auditoría de las mismas.
Todo el que esta a favor de que se pague una tasa por un trabajo que no se hizo alardea de lo que dicen las sentencias pero callan de lo que no dicen, en esta sentencia no dice que haya que cobrar por un trabajo no realizado sino que el procedimiento no fue el correcto, este cúmulo de despropósitos los inicia Rey Varela y el llamado a corregirlos Jorge Suarez lo complicó todavía mas porque al no prescindir de gabinete jurídico que asesoraba al Concello que hizo una verdadera chapuza, aunque tiene una lógica porque es el mismo gabinete que defiende los intereses de EMAFESA recordando una vez mas que esta empresa no es publica sino Mixta con una parte privada del 49%, que por mas insólito que nos parezca es la que verdaderamente manda en la empresa del ciclo del agua, digo que en este caso eran juez y parte sin que nadie salvo la plataforma les hiciese ver que estaban ante un conflicto de intereses, pero de esto tampoco se libra el Sr. Mato que quiere hacer como Pilatos en vez de ejercer como alcalde de los Ferrolanos quizás le sea mas rentable recibir el apoyo de SOCAMEX que del pueblo de Ferrol,