Se somete a información pública el plan de conservación del lago y playa de A Frouxeira

Playa Frouxeira.
Playa Frouxeira.

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, a través de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, publica este viernes, día 13, en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el anuncio por el que se acuerda someter el procedimiento de información pública y audiencia a los interesados en el Proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de conservación de la zona húmeda protegida Lagoa e areal de Valdoviño. Esta zona húmeda forma parte de la Red Natura 2000, ya que está incluida dentro del espacio Costa de Ferrolterra-Valdoviño, declarada como zona de especial protección para las aves (ZEPA) y de la ZEC Costa Ártabra.

En consecuencia, de cara a someter la documentación elaboradas a la información pública y audiencia a los interesados en el proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de conservación de la zona húmeda protegida Lagoa e areal de Valdoviño, el Plan de conservación y el Informe de sostenibilidad ambiental se establece un período de 45 días, contando el dicho período desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

Todos aquellos interesados podrán remitir sus alegaciones mediante escrito dirigido a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, San Lázaro, s/n 15781 o a la dirección de correo electrónico planfrouxeira.conservación@xunta.es.
Durante el citado plazo, toda la documentación podrá ser examinada en los siguientes lugares:

– Dirección General de Conservación de la Naturaleza.
– Departamento Territorial de la Consellería de Medio Ambiente de A Coruña.
– Página web de la Consellería http://www.cmati.xunta.es/.

PROCESO

Este anuncio nace al amparo de la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, que regula los humedales del Convenio relativo a las zonas húmedas de importancia internacional especialmente con hábitats de especies de aves acuáticas, que tendrán la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales. Esta norma establece que los recursos naturales y los espacios naturales que se van a proteger, serán objeto de planificación con la finalidad de adecuar su gestión a sus principios inspiradores.
Asimismo, la normativa indica que los planes de conservación establecerán los regímenes de usos y actividades permisibles, así como las limitaciones que se consideren necesarias para la conservación del espacio.

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