La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una mujer durante la madrugada del 23 de julio de 2022 en un aparcamiento subterráneo de la ciudad coruñesa.
La Sala, además, le ha impuesto la prohibición de comunicarse y de aproximarse a la víctima durante siete años; seis años de libertad vigilada, que se ejecutarán con posterioridad a la pena privativa de libertad; y la inhabilitación para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores durante ocho años.
El tribunal considera que, en este caso, la prueba de cargo está esencialmente constituida por la declaración de la víctima, la cual cuenta con corroboraciones periféricas, entre ellas el reconocimiento que le realizaron en el hospital, el hallazgo de perfiles genéticos de ambos en prendas de ropa analizadas y los informes periciales de la psicóloga forense, así como por pruebas testificales. Los magistrados subrayan en la sentencia que ha quedado probado que no concurrió consentimiento.
Este fallo no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.