La temporada de pesca continental de 2025 en Galicia comenzará el 16 de marzo y finalizará el 31 de julio, tal y como establece la orden anual publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) este lunes, en la que se recogen las normas generales.
En el caso del salmón, el periodo hábil irá del 1 de mayo al 31 de julio, salvo en los tramos compartidos del río Eo y en los cotos de Betanzos y del río Ulla, donde finalizará el 30 de junio. Podrá adelantarse el final de la temporada en función de las capturas.
La cuota de captura se establece en un ejemplar por persona y jornada, con una talla mínima de 40 centímetros. La ratio anual en el río Ulla queda fijada en siete ejemplares; en el Mandeo serán dos; en el río Masma, la cuota es de 10 salmones; en el Miño, se fija en dos; y en el coto de Salmeán, en 10. En el resto de los cotos autorizados en el río Eo no se establece cuota anual de captura.
En relación con los cebos, pueden ser naturales autorizados –como las lombrices y quisquillas– o artificiales, como la mosca artificial, la cucharilla y peces artificiales o similares.
Con carácter general, se declaran los lunes como días inhábiles para la pesca, salvo festivos nacionales o autonómicos. Los jueves serán hábiles únicamente para la modalidad de pesca sin muerte en todas las masas de agua, excepto festivos nacionales o autonómicos, que serán hábiles según la modalidad de pesca autorizada en cada masa de agua.
PESCA DE REO
La temporada hábil para la pesca del reo, en general, comenzará el 1 de mayo y finalizará el 31 de julio. En todo caso, se prorrogará en los cotos de Betanzos, Noia, Noval, Ombre, Padrón, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Xuvia y Lambre hasta el 30 de septiembre; y hasta el 31 de agosto en los cotos de Ponte Arnelas, Pontevea, Santeles, Sinde y Ximonde.
La cuota de captura se establece en dos ejemplares por persona y jornada, con una talla mínima de 35 centímetros, pero en el caso del río Eo compartido será de 25 centímetros.
PESCA DE TRUCHA
La temporada comenzará el 16 de marzo y finalizará el 31 de julio en la pesca de trucha. En los cotos con convenio de colaboración, se prolongará hasta el 30 de septiembre en la modalidad de pesca sin muerte, y en las aguas salmoneras, de reo o de montaña, el inicio se retrasará hasta el 1 de mayo.
Como norma general, se establece la posibilidad de capturar seis ejemplares al día y por persona, con una talla mínima de 19 centímetros. En cuanto a los cebos, son los mismos que los de la temporada pasada.
Por otra parte, este año se prohíben en todas las masas de agua las siguientes especies: cangrejo de río, ‘reñosa’, ‘espiñento’, zamborca y anguila. La pesca de la saboga solo se autoriza en el tramo del río Ulla comprendido entre la presa de Couso y la desembocadura entre el 1 de mayo y el 8 de junio.
Asimismo, se autoriza exclusivamente dentro de los ámbitos territoriales indicados en la orden la pesca de las siguientes especies exóticas invasoras: perca americana, carpa, cangrejo rojo americano y cangrejo señal.