GA de Galicia «la Agencia Tributaria obliga a las personas mayores a presentar la Renta por Internet»

Los gestores administrativos de Galicia alertan de que Agencia Tributaria obliga a las personas mayores a presentar la declaración de la Renta por Internet.

Los profesionales colegiados, más de 500 en Galicia, consideran que imponer la utilización de medios telemáticos para presentar el impuesto “restringe injustamente las oportunidades y perjudica seriamente a las personas en razón de su edad”.

Señalan además, que está prohibición de presentar la declaración de la Renta en papel también afecta a otros colectivos que no disponen de Internet o tienen dificultades para manejar las nuevas tecnologías.

“Más inseguridad, más incertidumbre y más engorro para los contribuyentes” afirman estos profesionales que llevan años denunciado la “deriva digital” de la administración” que se empeña en imponer el uso de Internet sin formar previamente a los ciudadanos.

Los gA creen que la declaración de la Renta es un ejemplo más en este “totalitarismo Digital” que también está afectando al colectivo. “Se cierra la alternativa presencial, la atención humana y se están imponiendo de forma paulatina el uso de bots y algoritmos” denuncian desde la corporación, aclarando que, “la innovación y la tecnología han de ser medios que faciliten y acerquen la administración al ciudadano no frenos y cortapisas que provoquen exclusión a determinados colectivos”.

Multas y sanciones por errores

Como cada año en campaña de Renta, los colegiados recuerdan que la Agencia Tributaria puede equivocarse cuando cruza los datos al confeccionar los borradores, por lo que es preciso revisar con mucha atención el borrador antes de confirmarlo pues si en una revisión descubren fallos el responsable será siempre el contribuyente.

Las infracciones pueden ser leves, graves y muy graves, recuerdan los gA , siendo las multas proporcionales a la suma defraudada. Las más severas ocurren cuando no se presenta una declaración con resultado a pagar.

No declarar todos los ingresos también conlleva sanciones que pueden ir desde el 50% (en el caso de sumas inferiores a 3.000 euros) al 100% de la cantidad no declarada (si supera los 3.000 euros). Si se emplean medios fraudulentos, la multa puede alcanzar el 150% de la cantidad no declarada.
Los errores en la aplicación de deducciones también se pagan cuando el resultado es a ingresar por parte de la AEAT.

No aplicar reducciones también puede perjudicar al contribuyente. Así, por ejemplo, “olvidarse de indicar que se es familia numerosa puede conllevar una pérdida de hasta 500 euros en la declaración”, señalan desde el colectivo.

Intentar subsanar una declaración una vez transcurrido el plazo de la campaña de la Renta, tiene recargos si el IRPF sale a pagar que podrían alcanzar hasta el 20% si ha trancurrido más de un año.

Novedades Renta 2023

Desde el Colegio recuerdan que la declaración de la Renta trae este año tres importantes novedades: Todos los trabajadores autónomos están obligados a presentar el IRPF independientemente de sus ingreso y se incrementa la reducción de las retenciones a las rentas medianas y bajas, lo que va a afectar directamente a los contribuyentes que tengan unos ingresos anuales de hasta 21.000 euros.

En esta campaña también es obligatorio declarar las criptomonedas y los contribuyentes con dos pagadores estan obligados a declarar si los ingresos obtenidos superan los 15.000 euros. Por su parte, los no obligados a declarar, deberán presentar el impuesto si tienen derecho a devolución.

Los gA recuerdan que, aunque no se esté obligado a declarar, es aconsejable presentar el impuesto porque igual se tiene derecho a una devolución que se desconoce.

Principales deducciones
Familias con dos hijos

En el IRPF de este año las familias gallgas con dos hijos a su cargo contarán con una deducción de 250 euros. Desde ahí la rebaja se ampliará en 250 euros por los sucesivos vástagos. Así, por ejemplo, una familia con cuatro descendientes contará con una deducción de 750 euros.

En el caso de que el contribuyente o alguno de sus hijos cuente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la deducción se duplicará por dos. Serán 500 euros en el caso de familias de dos hijos, con un incremento adicional de, también 500 euros, por cada vástago adicional.

Por circunstancias personales y familiares

Por nacimiento o adopción de hijos
Por familias con dos hijos e hijas
Por familia numerosa
Por acogimiento de menores
Por cuidado de hijos menores
Por contribuyentes con discapacidad, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda de terceras personas

Por vivienda habitual y eficiencia energética

Los contribuyentes que vivan de alquiler se podrán deducir este año el 10% de las cantidades pagadas hasta un máximo de 300 euros anuales por contrato. En el caso de tener dos o más hijo, el porcentaje aumenta hasta un 20%, con un límite máximo de 600 euros por contrato y año, tanto en la tributación individual como conjunta.

Si el arrendatario tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33% se duplicarán.

También siguen teniendo derecho a deducción las personas que tengan hipotecas por compra de vivienda habitual. La cantidad máxima para desgravar dicho crédito es el 15% de las cantidades satisfechas en el ejercicio, con un máximo de 9.040 euros (por contribuyente), siempre y cuando el préstamo hipotecario se hubiera contratado antes de 2013.

Si se han realizado obras de mejora de eficiencia energética también será posible deducir el 15% de las cantidades totales invertidas con un límite de 9.000 euros.

Por donativos y donaciones

En concreto, es posible aplicar la deducción por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica. En este caso, se puede deducir el 25% de los donativos realizados a favor de centros de investigación o a organizaciones sin ánimo de lucro. El importe de la deducción no podrá superar el 10% de la cuota autonómica del IRPF.

Otros conceptos deducibles en Galicia

Por gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos (ojo! Solo el primer año de funcionamiento).

Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.

Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación.

Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista.

Por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos.

Por inversión en empresas que desarrollen actividades agrarias.

Por determinadas subvenciones y/o ayudas obtenidas a consecuencia de los daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de octubre del año 2017.

Para paliar los daños causados por la explosión de material pirotécnico que tuvo lugar en Tui durante el mes de mayo del 2018.

Por las ayudas y subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel deGalicia.

Desde el Colegio recuerdan que en Renta los errores se pagan y recomiendan acudir a un experto en fiscalidad para que todas las decisiones financieras que se tomen vayan dirigidas a un resultado favorable en la declaración de la Renta del año siguiente.

Campaña informativa

Con el propósito de que los contribuyentes no comentan errores y tengan en cuenta las principales claves para hacer la declaración, el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia lanza una campaña en RRSS y Radio con el lema “Con la renta no vayas a ciegas”.

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