La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a once años de cárcel a un padre por agredir sexualmente y de forma continuada a su hija durante los años 2016 y 2017, cuando tenía entre 13 y 14 años, en Ferrol. Los hechos fueron denunciados el día 20 de diciembre de 2019.
El fallo, facilitado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) este lunes, señala que también se le ha impuesto la prohibición de aproximarse y comunicarse con sus hijos por cualquier medio durante veinte años, así como nueve años de libertad vigilada. Además, está inhabilitado, durante 16 años, para cualquier profesión que conlleve contacto con menores.
De este modo, los magistrados han considerado en la sentencia que el acusado es autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años con penetración. Los hechos, según la sentencia, ocurrieron durante la convivencia de la menor con ambos progenitores y, una vez que se separaron, en los periodos de tiempo en que visitaba a su padre.
El auto, datado del 9 de enero, indica que la menor «sufrió un estado de shock que le impidió hablar de lo sucedido llegando a autolesionarse ante la frustración provocada por el silencio propio». Además, apunta que necesitó ser tratada por facultativos del Servicio de Salud Mental del Área Sanitaria de Ferrol del Servicio Galego de Saúde.
APLICACIÓN DE LA LEY DEL ‘SOLO SÍ ES SÍ’
Asimismo, el fallo puntualiza que, aunque no estaba vigente cuando tuvieron lugar los hechos, se ha aplicado retroactivamente la nueva ley de garantía integral de la libertad sexual, la conocida como ley del ‘solo sí es sí’, ya que «penológicamente es más beneficiosa para el procesado».
En esta línea, la sentencia subraya que el acusado realizó los actos sexuales «con ánimo de satisfacer su deseo sexual y con el mismo propósito de actuar en contra de la libertad sexual de la menor, aprovechando la ocasión que le proporcionaba la relación familiar».