La Federación de Atención a la Ciudadanía de la UNIÓN SINDICAL OBRERA en Galicia (FAC USO Galicia) denuncia que «hace unos días varios medios de comunicación hubiesen puesto de manifiesto que el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de As Somozas había constituido una sociedad con un constructor local, y figurase, además, como uno de sus dos administradores solidarios» .
FAC USO «critica que el funcionario de carrera, habilitado nacional, con un nivel 28 de complemento de destino, hubiese constituido una sociedad mercantil, junto con un constructor propietario de una de las principales empresas adjudicatarias de contratos por parte del Concello de As Somozas, mientras en el cuadro de personal municipal hay varios funcionarios interinos, alguno de ellos mileuristas»
FAC USO «cuestiona que la conducta del funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional (FHN) sea respetuosa y escrupulosa con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y el Reglamento que lo desarrolla, aprobado por el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes»
FAC USO recuerda que «las funciones de los habilitados son velar por la legalidad jurídica (Secretaría) y la legalidad presupuestaria (Intervención), para lo que el régimen de incompatibilidad se establece como garantía de su ejercicio con imparcialidad, que en el presente caso resulta cuanto menos algo dudosa, al existir claros intereses económicos por el medio»
FAC USO lamenta que «estas situaciones se den en pleno siglo XXI, en una Administración que se pretende moderna, eficaz y eficiente, por lo que insta al esclarecimiento de los hechos y, en su caso, que se depuren las responsabilidades a que haya lugar: administrativas, penales y/o contables»