El Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela ha emitido un auto en el que propone que el juicio por el accidente del tren Alvia comience el próximo 20 de septiembre y las declaraciones de los testigos y peritos finalicen en mayo de 2023, pues a partir del día 30 de ese mes tendría lugar la prueba documental, las conclusiones y los informes
En la resolución, contra la que no cabe interponer recurso, la magistrada realiza a las partes personadas en el procedimiento una propuesta de calendario, así como del contenido de cada una de las sesiones de la vista oral, en la que se enjuiciará al maquinista del tren y al director de Seguridad en la Circulación de ADIF en el momento de puesta en funcionamiento de la línea, por si los hechos que se les imputan fuesen constitutivos de ochenta delitos de homicidio por imprudencia grave profesional, de 145 de lesiones por imprudencia grave profesional y de un delito de daños.
En el auto, propone que el juicio comience el martes 20 de septiembre con la práctica de las pruebas relativas a la acción penal, las cuales se desarrollarían hasta el 22 de diciembre, quedando reservados los días 10, 11, 12 y 13 de enero para eventuales incidencias o la continuación de declaraciones que pudiesen quedar pendientes. De esta forma, los testimonios relativos a las acciones civiles se iniciarían el 17 de enero y se prolongarían hasta finales de mayo.
Acción penal
El calendario que contiene la resolución establece que durante los días 20, 21 y 22 de septiembre las partes planteen las cuestiones previas e interroguen a los dos acusados, mientras que los días 23, 27, 28 y 29 de septiembre se reservan para posibles incidencias. Las declaraciones de los 45 testigos, entre las cuales figuran diez policías, se desarrollarían entre el 4 y el 27 de octubre, mientras que las de los 18 testigos-peritos tendrían lugar entre el 2 y el 15 de noviembre; y, las de los 18 peritos, se realizarían entre el 16 de noviembre y el 22 de diciembre.
Acción civil
La acción civil, según la propuesta, se iniciaría el 17 de enero, con las declaraciones de 90 testigos, las cuales terminarían el 26 de ese mes. Los 35 forenses propuestos intervendrían entre el 31 de enero y el 7 de febrero, mientras que los 44 peritos restantes lo harían entre el 8 y el 16 de febrero.
El auto especifica que a partir del 21 de febrero, y hasta mediados de mayo, tendrían lugar las declaraciones de los 277 testigos, 96 peritos y dos testigos-peritos propuestos por los abogados y abogadas personados en la causa, así como los 82 testigos y un testigo-perito propuestos únicamente por el Ministerio Fiscal.
En la resolución, la magistrada indica que las partes disponen de un plazo improrrogable de cinco días para, en su caso, alegar y justificar las causas que imposibiliten o hagan inconvenientes los términos del calendario propuesto y/o pongan de manifiesto cualquier omisión o error material que puedan advertir.
La jueza solicita, tanto a las partes como a los distintos intervinientes, máxima disponibilidad, dada “la complejidad de la organización de un juicio de estas características”. No obstante, indica que, todo ello, sin perjuicio de que, en función de las vicisitudes que surjan durante el desarrollo del juicio, pueda acordarse la modificación del calendario y contenido de las sesiones que se establezca inicialmente.