La Fiscalía reclama tres años de prisión para una madre y un hijo acusados de apropiarse del dinero de una herencia que no les correspondía.
El juicio se celebrará el próximo miércoles a las 09,45 horas, en la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña y procede del juzgado de instrucción número 3 de Ferrol.
El dinero de la herencia procedía de A., nacida en 1930, titular de una cuenta bancaria desde el año 1987 en la que, a partir de 29 de abril de 2010 y debido a su ingreso en una residencia de mayores en Ferrol, se incluyó como cotitular a un pariente (D.).
Los únicos ingresos que percibía se correspondían con los de su pensión, que entonces ascendía a 587,80 euros, con el recibo de la residencia como principal gasto.
Asimismo, la mujer contaba con otra cuenta en otra entidad bancaria y una imposición a plazo vinculada a una cuenta de ahorro de otro banco en la que era cotitular junto con su único hijo P., que padece un retraso mental severo, autismo y trastorno perinatal. Por ello fue declarado incapaz por sentencia de 10 de mayo de 2005 y prorrogada la patria potestad de A. respecto al mismo.
Asimismo, fue instituido como heredero universal en el testamento otorgado el 7 de noviembre de ese mismo año y posteriormente se nombró tutora a la Fundación Autismo Coruña, ante el progresivo empeoramiento en la salud de su madre (aquejada de parkinson evolucionado y deterioro cognitivo moderado-grave).
Poco después, en junio de 2015, A. fue declarada incapaz por sentencia del Juzgado de Primera Instancia 4 de Ferrol, en la que se nombró como su tutor al encausado (D.), mayor de edad y sin antecedentes penales.
Éste solicitó también, en agosto de ese año, ejercer también la tutela de P. sin lograrlo, dado que ya había sido nombrada la Fundación Autismo de Galicia por designación notarial de su madre.
Desde ese momento, el encausado, su madre (F.) y la progenitora de ésta (L.), «movidas por un ánimo de enriquecimiento ilícito y actuando en perjuicio de los intereses» de P., llevaron a cabo las actuaciones necesarias para hacerse con una parte del dinero que A. dejaría a su hijo y único heredero a su fallecimiento.
Los encausados F., L. y D., actuando éste en representación de A., incorporaron a las dos primeras como cotitulares en la cuenta que se nutría exclusivamente del importe de la pensión, el 26 de noviembre de 2015.
Asimismo, en marzo de 2016, el encausado solicitó y obtuvo autorización para unificar los ahorros de su tutelada en una única cuenta, omitiendo en todo momento que en la misma figuraban como cotitulares las otras encausadas.
Concretamente, retiró 21.990 euros de la segunda cuenta y canceló parcialmente la imposición a plazo de la otra, retirando 14.705,97 euros. Estas cantidades fueron ingresadas en la cuenta inicial.
Finalmente, A. falleció el 24 de mayo de 2016. A pesar de que al informe final de rendición de cuentas todavía no había sido aprobado por el juzgado, las encausadas retiraron 27.750 euros de la cuenta a sabiendas de que pertenecían en su integridad a P., único heredero.
La fiscalía los acusa de un delito de apropiación indebida y solicita una indemnización de 27.750 al heredero legítimo de A. Asimismo solicita tres años de prisión para los dos encausados (L. falleció antes del proceso).