El jurado ha considerado no culpable del delito de agresión sexual a su exmujer a un hombre juzgado esta semana en la Audiencia Provincial de A Coruña por unos hechos presuntamente ocurridos en abril de 2018 en Narón.
En concreto lo declara culpable de un delito de allanamiento de morada, por haber entrado en la casa por una ventana cuando la mujer no estaba, y de otro continuado de coacciones, en diciembre de 2018, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Por el contrario, no lo considera culpable de un delito de allanamiento de morada en abril de ese mismo año y del delito de agresión sexual que, según la Fiscalía y la acusación particular, se habría producido cuando el hombre accedió a la casa después de que el hijo del matrimonio le abriese la puerta.
En el juicio, el hombre alegó que las relaciones fueron consentidas, mientras que ella lo negó. Dijo que, con posterioridad, se quedó «bloqueada» y luego dormida. El hombre permaneció en la casa hasta el día siguiente.
En su escrito de calificación de los hechos, Fiscalía solicitaba penas que sumaban 15 años y seis meses de prisión, al igual que la acusación particular.
Ambas partes sí reconocían que el hombre presentaba, cuando se produjeron los hechos, un problema con el alcohol, al que él atribuyó los mensajes continuos que le envió a su exmujer, hasta doce en un solo día, según declaró ella.